Hasta el 30 de abril hay plazo para reportar estados financieros
La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada le informa a las entidades prestadoras de servicios de vigilancia y seguridad privada, que con base en lo estipulado en el art?culo 105 del Decreto Ley 356 de 1994, en concordancia con el Decreto 71 de 2002, hasta el pr?ximo 30 de abril tienen plazo para reportar sus estados financieros consolidados a 31 de diciembre de 2009, los cuales deben estar certificados por el Representante legal y el contador o revisor fiscal.
A partir del 15 de abril de 2010, se habilitar? en la p?gina web de la entidad el link de: Tr?mites y Registros en L?nea > Reportes de los vigilados a la SuperVigilancia > Novedades Financieras, en el que deber?n presentar la informaci?n de los estados financieros. Es importante recordar que quienes ya hayan enviado sus estados financieros deber?n remitirlos nuevamente a la SuperVigilancia.
Para obtener m?s informaci?n sobre el tema, lo invitamos a descargar la Circular 008 del 6 de abril de 2010.
Descargar Circular 008 de 2010.
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Fecha de publicación 06/04/2010
Última modificación 07/04/2010
Fecha de publicación 06/04/2010
Última modificación 07/04/2010